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El berrinche de Americatel

Publicado: 2012-11-28

“Que el OSIPTEL evite el uso de la sanción y el uso de la regulación para establecer de qué manera se comportan las empresas con los usuarios, porque en la medida que tú generes competencia eso va suceder solo. Si el regulador no le cree a eso (competencia), está en un problema fundamental”

Eduardo Bobenrieth, Gerente General de Americatel. Estas feas declaraciones las dio en una entrevista de La Mula.

Esta historia sucedió hoy y es un buen preludio a lo que vendrá el Viernes, cuando toque hablar sobre telecomunicaciones, de los "responsables", de los  proveedores de internet (ISP).

Antes que nada, Miguel Morachimo (Blawyer) subió su participación en la charla que hubo ayer en el MINCETUR sobre Sociedad Civil (previo roche), dejando ideas para prevenir el abuso en la ley de la "responsabilidad" (aka "SOPA Criolla"), osea, evitar que se abuse del sistema de notificaciones de baja de contenidos infractores que se piensa imponer a los ISP.

Más info en el blog de Hiperderecho.

http://www.hiperderecho.org/2012/11/responsabilidad-isps-mincetur-taller/

Ahora hablemos de los "responsables", ya que justamente uno de ellos (Americatel) da lugar a esta historia.

¿Ese manoseo es legal?

Hoy hice un cachuelo en un taller de Huachipa, se había desconfigurado la conexión a internet de las PC de allá. Gracias a dos pc que tenían las IP fijas producto de un trabajo anterior, se descubrió el problema: Americatel había deshabilitado el soporte DHCP, osea, bloqueó una función del router de la empresa sin avisar. Ellos tenían contratado el servicio Americatel NGN.

Según lo que me comentó el dueño del negocio, esto comenzó luego de poner un router wi-fi para dar conexiones a otra parte del mismo taller (como un cliente más), más alejado de las oficinas pero dentro del local. Y Americatel usó ese router como excusa, diciendo que invalidaron el contrato, etc, etc.

El problema se resolvió provisionalmente usando un rango fijo de IP para cada PC afectada. Ya en casa busqué algo sobre los términos de servicio de Americatel y no leo nada sobre el router o un número limitado de PC, solo condena el brindar el servicio a terceros fuera del local que arrendó la línea (y este NO ERA el caso).

Sin embargo, Americatel si condiciona los equipos de terceros que brinden acceso a internet mediante sus redes, pero este tampoco era el caso. El router instalado no reemplazaba al puesto por Americatel; de hecho, dependía de él para recibir la conexión y repartirla a otras dos PC que estaban en el lado del taller. Era como si pusiera una PC en su lugar, activara funciones de compartir y las repartiera de igual manera.

Y ahí no queda todo. Americatel bloquea el uso de cualquier otra dirección DNS que no sean las suyas (200.31.108.106 y 200.31.108.107). ¿Esto no es un atentado a la neutralidad de la red, muy aparte de ser un atropello al consumidor?

Yo viví en carne propia ese abuso por parte de Claro, a nivel de consumidor. Pero ver lo mismo ya a nivel B2B (de negocio a negocio) es una burrada por parte de Americatel y con más consideración si el afectado es un negocio en expansión, donde el tiempo para resolver un problema es muy preciado.

¿Y cómo lo sabe?

He aquí otra pregunta, ¿Cómo el ISP puede saber que hay un router ahí? ¿Monitoreo de datos?

Esa duda por ahora la dejaremos así. Lo que si está claro es que ni ese bloqueo ni el bloqueo de otras DNS figuran en el contrato de Americatel, fueron medidas arbitrarias sin más fundamento que la existencia de ese router, que no altera el funcionamiento del router de Americatel.

Y no es el único caso que conosco, en Perú Hardware reportan lo mismo sobre el Speedy, pero no creía eso del manoseo de los routers de forma remota hasta que vi este caso. Me pregunto como lo hacen.

¿Qué debería hacer una persona o PYME que sufre incidentes como este?

Primero y antes que nada, leer su contrato. La excusa más frecuente es el uso de equipos no recomendados por el proveedor. Si bien leerlo toma tiempo o implica estar al lado de alguien que conoce de redes, al menos se pierde menos tiempo y dinero a la hora de los problemas.

Segundo. Aunque OSIPTEL y la ley prohiben la distorsión o bloqueo del tráfico de datos, el tema de los datos de conexión y configuración (como este caso) puede ser tierra de nadie, por lo que en lugar de OSIPTEL los reclamos mejor se hacen ante INDECOPI. Es por una cuestión más práctica (restricción sin razón de un servicio o del uso de un determinado producto, tema más asociado al consumo), así que alisten el libro de reclamaciones aun sin hacer un reporte de avería previamente. Recuerden, no pierdan tiempo.

Lo malo de estos reclamos (contradiciéndome) es el tiempo, 30 días útiles en primera instancia. Por lo que tercero, tengan siempre un técnico o experto en redes de confianza, para que cuando las papas queman, se manifieste (vladi dixit). Al menos este caso tuvo una solución informal hasta que la disputa con Americatel se resuelva; pero en casos peores (como el que yo viví con Claro), es necesario entender qué pasó y siempre asumir que el ISP no quiere dar la razón (casi nunca lo hace).

Además, esos reclamos forzarán al ISP a moverse al respecto, sobre todo a nivel de empresa.

Y cuarto, tener una conexión de emergencia a la mano. Actualmente existen servicios de internet prepago (Claro y OLO ofrecen servicios bajo esa modalidad) para esos momentos en los que uno no puede parar.

Este es un tema aparte del de la "responsabilidad", la que generalmente no asumen los ISP, la de dar un servicio sin berrinches (como vimos de Americatel) ni matonerías (como vimos de Claro).


Escrito por

chillinfart

Subempleado, aprendiz de pervertido y sobre todo CONSUMIDOR INDIGNADO.


Publicado en

V de Vergüenza

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